Las “necesidades de la empresa”, establecimiento o servicio es una causal de despido o de terminación de contrato establecida en el Artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo.
¿Qué es o qué dice el artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo?
Se faculta al empleador para poner término al contrato de trabajo cuando las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, tales como las derivadas de la racionalización o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores.
Derechos en un despido por necesidades de la empresa:
- El despido por necesidades de la empresa da derecho a una indemnización por años de servicio equivalente a un mes de su último sueldo bruto (total haberes) por cada año o fracción superior a seis meses y a la indemnización sustitutiva por falta de aviso previo o mes de aviso.
- Mediante una demanda laboral podrás obtener adicionalmente un recargo legal del 30% , la restitución del descuento del aporte al seguro de cesantía, reajustes, intereses y costas.
La inmensa mayoría de los despedidos por necesidades de la empresa son injustificados o ilegales:
Esto es porque se fundan en hechos falsos, que generalmente ocultan o disfrazan la decisión ilegal de reemplazar trabajadores y no en motivos hechos económicos o tecnológicos externos, permanentes y graves que pongan en peligro la existencia de la empresa.
Entonces, ¿Cuáles son las Verdaderas necesidades de la empresa que justifican un despido?
No obstante lo dispuesto en referido Articulo 161, nuestra excelentísima Corte Suprema de Justicia ha resuelto que un despido por necesidades de la empresa sólo se justifica o es procedente cuando se funda en hechos económicos o tecnológicos externos, permanentes y graves que pongan en peligro la vida o existencia de la empresa, que la tengan prácticamente en la quiebra o a punto de desaparecer.
En efecto:
Las reestructuraciones o reorganizaciones, las simples bajas en las ventas o utilidades, los cambios en las condiciones mercado, el reemplazo de trabadores o su mal desempeño NO constituyen NUNCA Necesidades de la empresa.
En DV Abogados Laborales Especialistas en Despido Injustificado por Necesidades de la Empresa, te representaremos en litigios laborales en todo el territorio nacional.
0 comentarios